Alcances del Título

Los/as graduados/as de la Licenciatura en  Interpretación Musical estarán habilitados/as para:

  • Desempeñarse como intérprete musical profesional en conciertos, recitales, eventos, grabaciones y/o representaciones artísticas.
  • Organizar, coordinar y producir proyectos artísticos musicales e interdisciplinares.
  • Conformar equipos de investigación relacionados con la interpretación musical.
  • Planificar y/o asesorar en proyectos relacionados con su práctica profesional en instituciones, organizaciones y fundaciones públicas o privadas.

Plan de Estudio

Primer cuatrimestre:

  • Interpretación musical
  • Música de cámara I
  • Estructura de la música I
  • Técnicas corporales aplicadas a la interpretación musical
  • Filosofía y estética de las artes
  • Lengua Extranjera con Fines Específicos I

Segundo cuatrimestre:

  • Técnica instrumental o vocal I
  • Estructura de la música II
  • Metodología de investigación musical I
  • Música de cámara II
  • Lengua Extranjera con Fines Específicos II

Tercer cuatrimestre:

  • Técnica instrumental o vocal II
  • Interpretación de música de los siglos XX y XXI
  • Gestión cultural
  • Metodología de investigación musical II
  • Nuevas tecnologías aplicadas a la producción musical
  • Lengua Extranjera con fines específicos III

Cuarto cuatrimestre:

  • Técnica instrumental o vocal III
  • Ritmos latinoamericanos
  • Taller de producción musical
  • Taller de elaboración del trabajo final de licenciatura
  • Trabajo final de licenciatura

Información General:

Nivel de carrera:
Carrera de Grado

Duración:
2 años más Trabajo Final de Licenciatura

Requisitos de ingreso:
Poseer título de carreras afines emitido por institutos de formación superior y universidades del país y/o del extranjero, de gestión estatal o privada, reconocidos por autoridad competente.

Resoluciones Rectorales

de creación de carrera y aprobación de plan de estudio:

  Ver resolución N°0193-16
  Ver resolución N°2017-0182

Resolución Ministerial

  Ver resolución N° 2639-17
  Ver resolución N°1520/18

Autogestión y Aula Virtual:

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